👉 BDNS (Identif.): 740271.
👉 Personas y entidades beneficiarias
Estas bases establecen los criterios y requisitos para la concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que contraten a una persona trabajadora, bien sea para apoyo en el negocio durante su período de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento o la transformen en indefinida posteriormente, bien sea para apoyo en el cuidado de menores, mayores y/o personas con discapacidad o dependencia, según lo dispuesto en esta orden. Al mismo tiempo, se subvencionará una parte del coste de los ceéntros y/o servicios para el cuidado de menores, mayores y/o personas con discapacidad o dependencia.
Las ayudas irán dirigidas a la contratación de una persona trabajadora para el relevo de la persona autónoma en su negocio en los casos de maternidad o paternidad, una vez iniciado su período de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento; también se apoya la contratación de una persona trabajadora para el relevo de la trabajadora autónoma en el caso de baja por riesgo durante el embarazo o la lactancia.
Igualmente, se incentivan los contratos indefinidos realizados con una persona trabajadora para apoyar a la persona autónoma en el cuidado de menores y/o mayores y/o personas con discapacidad o dependencia (grados I, II y III) a su cargo, independientemente de que hayan existido o no situaciones de maternidad o paternidad o asimiladas, (Bono autónomo Concilia II).
También se apoyarán los gastos de los servicios de cuidado de menores y/o mayores y/o personas con discapacidad o dependencia (grados I, II y III) a cargo de la persona autónoma (Bono autónomo Concilia III).
👉 Objeto
Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de las ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia. (Código de procedimiento TR341R). Mediante las ayudas reguladas en esta orden se permitirá que la persona trabajadora por cuenta propia obtenga una compensación para la contratación de una persona durante un período máximo de un año, para favorecer la conciliación de su vida personal y laboral y facilitar la continuidad y consolidación de su proyecto empresarial.
👉 Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 25 de enero de 2024 a las 00:00 horas al 30 de septiembre de 2024 a las 23:59 horas.